República Dominicana
La
legislación dominicana presenta sanciones generales para la piratería que van
de 3 meses a 3 años y multas desde U$5.000 a U$100.000. No se encuentra
información relativa a nuevas penas en protección a las medidas tecnológicas
así como la información para la gestión del derecho de autor.
Desafortunadamente
no fue presentada información relativa a disposiciones relacionadas con las
medidas en frontera.
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La
Unidad de Litigación inicial de la Fiscalía se encarga de la recolección de
información relativa al accionar de dicha entidad y por lo tanto recopila
información relacionada con el control de la piratería en lo que se refiere a
decomisos, detenciones, procesos iniciados y terminados, y sentencias
absolutorias y condenatorias.
Las
demás entidades no presentan información sobre este particular.
IIPA
por su parte ha efectuado un seguimiento a República Dominicana, que da
cuenta en parte del comportamiento de la piratería en este país*. Sin embargo, como ya hemos señalado, dicha información es
insuficiente para los fines de determinar políticas en materia de políticas
sobre la piratería.
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Es
importante señalar una amplia gama de actividades reportadas en materia de
campañas dirigidas a la población por diferentes medios, como la TV, radio,
guías educativas, afiches y actividades de capacitación. Estas actividades se
han desarrollado con el apoyo de las industrias culturales, y confiamos que
las mismas se mantengan hacia futuro como punta de lanza de las acciones de
rechazo a la piratería desde la sociedad.
Por su
parte en materia de capacitación encontramos que no hay información
relacionada desde las aduanas y policía. Se imparte formación especializada a
fiscalías en materia de derecho de autor.
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No se
cuenta con información suficiente en relación con las funciones que policía y
aduanas cumplen en el control de la piratería.
La
fiscalía da cuenta del cumplimiento de sus funciones de persecución del
delito como ente que investiga y acusa.
En
materia de allanamientos, detenciones e incautaciones, se opera bajo
autorización judicial o en el caso de los allanamientos de autorización del
Ministerio Público, y en los casos de flagrancia.
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No hay
experiencias de este tipo de alianzas. Es importante desarrollar este tipo de
iniciativas, donde la Oficina Nacional Competente puede tener un papel
determinante como concitadora de la participación de los diferentes entes que
conformarían este tipo de alianzas.
En
materia de cooperación, se señalan algunos aspectos desde la fiscalía, que
transcribimos pues resalta su pertinencia y concreción:
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En
relación con la Oficina Nacional Competente, esta cuenta con funciones
cercanas a la jurisdicción en la persecución, allanamiento, apresamiento e
incautaciones de material pirata. También puede participar como órgano de
conciliación previa al proceso judicial. Finalmente colabora en la acusación
del infracto con el Ministerio Público.
En
cuanto a los recursos a invertir se destacan las necesidades logísticas, la
formación de los tribunales en la materia especializada, la necesidad de
coordinación institucional que por lo tanto repercute en la creación de
alianzas estratégicas. Es de especial mención la creación de una agenda común
internacional para el combate de la piratería, en la que se encuentre apoyo
técnico a nivel internacional para la materia.
Las
oficinas de aduanas cuentan con oficinas especializadas en materia de
piratería en puertos, pero no cuenta con la misma organización en materia de
aeropuertos. La fiscalía si cuenta con una unidad especializada en propiedad
intelectual, así como la policía a través de su departamento de
falsificaciones.
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